Santiago, 12 de
diciembre de 2012
VISTOS:
1.
El recurso de impugnación al acta
electoral de la comuna de San Antonio, Región de Valparaíso, donde además
votaban los camaradas de Algarrobo, El Quisco, Cartagena y Santo Domingo,
deducido por el camarada Paul Guzmán Rojas como apoderado general en
representación de la Lista 2 “Es Tiempo JDC” que encabezaba el camarada José
Ruiz Yáñez en el que se solicita que se deje sin efecto la votación efectuada
en la comuna de autos y por lo tanto eliminar del escrutinio general el
resultado obtenido de esta mesa.
2.
Las declaraciones juradas de los
camaradas Nohelí Alvarez Leiva,
cédula nacional de identidad Nº 16.195.234-6 militante de la comuna de
Cartagena.
3.
La resolución 19-2012 de este tribunal
que informaba las comunas y la agrupación de comunas en las que se llevaría a
cabo las elecciones del Frente de la Juventud Demócrata Cristiana.
4.
El acta electoral de la comuna de San
Antonio, Región de Valparaíso.
CONSIDERANDO:
1.
Que, el proceso electoral del Frente de
la Juventud del pasado 2 de Diciembre de 2012 se verificó en el local de
votación de la comuna de San Antonio, Región de Valparaíso, informado por este
tribunal mediante correo electrónico a las candidaturas a Mesa Nacional JDC el
día 1 de Diciembre de 2012.
2.
Que, la documentación acompañada, no ha
permitido a este tribunal formarse el convencimiento de las irregularidades
alegadas por el recurrente en orden a la no votación de los camaradas que se
han señalado.
3.
Que, las actas de escrutinios de la
comuna de San Antonio consignan los siguientes resultados: 23 votos a favor de
la Lista 1, 1 votos a favor de la Lista 2 y 0 votos nulos y blancos.
Y
vistos: El Reglamento Orgánico de la Juventud Demócrata Cristiana, el Anexo
Reglamentario de la Juventud Demócrata Cristiana y el Estatuto General del
Partido Demócrata Cristiano en sus principios y normas pertinentes.
RESUELVO:
Se RECHAZA en todas sus
partes el recurso de impugnación electoral deducido por el apoderado general de
la Lista 2 “Es Tiempo JDC” camarada Paul Guzmán Rojas.
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